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Evaluación del riesgo de legionelosis de las instalaciones según Guía Técnica del RD 865/03

AIDIMA y UNIMAT trabajan juntos para intensificar y difundir la actividad de Prevención de Riesgos Laborales en las empresas del sector de la madera, mueble, embalaje y afines

Legionela. Fuente imagen: Wikipedia

Legionela. Fuente imagen: Wikipedia

En virtud del acuerdo firmado el 1 de diciembre de 2010, entre AIDIMA y UNIMAT PREVENCIÓN SOCIEDAD DE PREVENCIÓN S.L.U., y con el objeto de estrechar la colaboración entre ambas entidades para intensificar y difundir la actividad de Prevención de Riesgos Laborales en las empresas del sector, AIDIMA y UNIMAT han comenzado su labor de información a las empresas en cuanto a la evaluación del riesgo de legionelosis de las instalaciones según Guía Técnica del RD 865/03.

La actividad de evaluación del riesgo de legionelosis de las instalaciones consiste en la identificación y estudio de las instalaciones de riesgo en las empresas, así como su análisis y revisión de cada instalación, especialmente de sus características estructurales, estado de limpieza y desinfección, y registro de mantenimiento.

Por otro lado hay que determinar los factores de riesgo: estructurales (asociados a las características propias de la instalación), de mantenimiento (asociados al tratamiento y mantenimiento que se realiza en cada instalación), y de operación (asociados al funcionamiento de la instalación). Al mismo tiempo se haría el cálculo del índice global, que determinará el riesgo de las instalaciones evaluadas.

Se concluiría la evaluación con la elaboración del informe final, en el que se indicará a la empresa las medidas correctoras necesarias a adoptar para disminuir el riesgo de proliferación y dispersión de Legionella en la instalación; y asesoramiento sobre la implantación de estas medidas, considerando la sencillez de aplicación, la minimización del coste y la máxima eficacia en la reducción del riesgo.

Ámbito de aplicación. Cualquier empresa con instalaciones afectadas por el Real Decreto 865/2003 debería realizar la evaluación del riesgo de las mismas.

La evaluación del riesgo de la instalación debe realizarse como mínimo una vez al año, cuando se ponga en marcha la instalación por primera vez, tras una reparación o modificación estructural, cuando una revisión general así lo aconseje, y cuando así lo determine la Autoridad Sanitaria.

Para más información: Legionella@unimat.es

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Comentarios

    01
    18 abril 2011 a las 9:30 | Bitacoras.com

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