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Becas de formación en materia de patrimonio mueble gallego

El pasado viernes 15 de mayo de 2009, la Xunta de Galicia publicó en el Diario Oficial de Galicia una orden del 12 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de formación en materia de patrimonio mueble gallego, ante la obligación de todos los museos gallegos de confeccionar un inventario y un catálogo de su patrimonio cultural.

La Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, y el Decreto 314/1986, de 16 de octubre, por el que se regula el sistema público de museos de la Comunidad Autónoma de Galicia, establecen la obligación de todos los museos radicados en Galicia de confeccionar un inventario y un catálogo del patrimonio que albergan, como medio para documentarlo técnica y científicamente y cumplir las funciones que a todo centro de estas características le corresponden.

La Consellería de Cultura y Turismo es el órgano de la Administración autonómica que tiene atribuidas las competencias en materia de patrimonio cultural. Dentro de estas competencias le corresponden las actuaciones en materia de patrimonio mueble, museos y colecciones visitables. Son sus funciones la protección, inventario, restauración y difusión del patrimonio cultural, así como el cuidado, dotación, instalación y promoción de museos.

Para impulsar una mejora en el sistema documental de los museos y colecciones visitables, en la conservación de los bienes culturales que custodian y para contribuir a la promoción y difusión de su patrimonio cultural, la Consellería de Cultura y Turismo convoca becas de formación que contribuyan, en la medida de las posibilidades presupuestarias, al cumplimiento de las funciones que son propias de estos centros.

La finalidad de las becas es proporcionar una formación teórico-práctica que, añadida a la formación académica, contribuya a completar el currículo académico, por lo que es preciso poner un límite en el disfrute de las becas y tratar de ofrecerlas al mayor número de personas posibles, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad.

A estos efectos, es necesario establecer las bases reguladoras de la concesión de estas becas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como las normas de desarrollo.

Fuente: Xunta de Galicia. Diario Oficial de Galicia
Leer más: http://www.xunta.es/Doc/Dog2009.nsf/FichaContenido/1B812?OpenDocument

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